Absueltas ocho de las nueve acusadas tras el desalojo de Sasé |
Huesca.- La Audiencia Provincial de Huesca ha absuelto a ocho de las nueve personas que se enfrentaban a una petición de penas que sumaban veinte años de cárcel, acusadas de actuar con violencia ante agentes de la Guardia Civil para oponerse al desalojo del pueblo ocupado de Sasé, en el Pirineo aragonés. En su sentencia, el tribunal considera que ni los testimonios de la mayor parte de los agentes que participaron en la acción, en los que detecta contradicciones, ni las ruedas de reconocimiento que se practicaron posteriormente, aportan indicios suficientes de que las ocho absueltas emplearan la fuerza para resistirse al desalojo. Los jueces imponen, sin embargo, una condena de un año de prisión para una joven a la que consideran responsable de un delito de atentado, al dar por probado que golpeó con una piedra en la espalda de una agente de la Guardia Civil que participaba en el desalojo. La resolución rechaza el argumento de la defensa en el sentido de que la joven, para la que el fiscal solicitaba inicialmente cuatro años de cárcel, habría actuado en legítima defensa al golpear a la agente. El tribunal admite que en el momento de la agresión la joven se encontraba muy nerviosa y alterada y reconoce que el desalojo se llevó a cabo en un clima de tensión y de violencia moral, pero considera al tiempo “ilegítima” la agresión cometida. El desalojo de Sasé fue ordenado en octubre de 1.997 por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Huesca a instancias del Gobierno aragonés, propietario del núcleo deshabitado, y ejecutado tres días después por una comisión judicial acompañada por cuarenta guardias civiles.
En su sentencia, la Audiencia asegura que la acusación no probó durante la vista que tres de las acusadas arrojaran piedras contra los agentes, ni que otr@s tres personas propinaran patadas o tiraran al suelo de forma intencionada a los agentes policiales que participaban en el desalojo. Además, el tribunal descarta como prueba de cargo las ruedas de reconocimiento que motivaron la incriminación de otras dos jóvenes que se atrincheraron en el interior de una de las casas de Sasé. Según señala la sentencia, “ningún reproche les podemos hacer por haberse atrincherado junto con otros en una de las casas, pues aunque tal conducta, como la de subirse a los tejados, no es lícita, ya que iba dirigida a obstaculizar el desalojo ordenado judicialmente, lo cierto es que los mismos únicamente fueron acusados por haber agredido a un agente”. Los magistrados argumentan que las dudas surgidas en el tribunal respecto a las intenciones finales de la conducta de las acusadas no pueden motivar una condena penal. El fallo descarta, por otra parte, la solicitud de nulidad del proceso instruído, planteada al inicio de la vista por la defensa, al entender que los derechos básicos de las acusadas no fueron conculcados en ningún momento de la instrucción del caso. A juicio del tribunal, la ejecución de la orden de desalojo dictada por la autoridad judicial, que motivó la expulsión de la totalidad de personas que ocupaban Sasé, no se llevó a cabo de forma irregular. Añade la resolución que el juzgado oscense actuó “correctamente” al ordenar el desalojo, ya que la demanda civil planteada por la Administración aragonesa para recuperar la propiedad de Sasé fue perdida por las habitantes y la ocupación era ilegal desde ese momento. A pesar de todo ello, a día de hoy todavía queda gente viviendo como puede en Sasé. Aragón-Info 16/7/01
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