ABSOLUCION PARA LAS OKUPANTES DE LA MORADA |
Las dos personas acusadas por la okupacion de La Morada, vivienda del barrio de Sants (9/11/97 – 3/2/98), han sido absueltas por el juzgado nº19 de lo penal.
La defensa se baso en probar el abandono de la casa a traves de fotografias, un video de la okupacion, el testimonio de una aparejadora y una visita ocular del juez a la casa, el dia antes del juicio, que demostraba que esta, dos anyos y medio despues del desalojo, continuaba abandonada, y ponia de relieve el uso puramente especulativo que hacen los propietarios. Tambien se uso el argumento de que el articulo 245.2 del codigo penal se ha de aplicar teniendo en cuenta el contexto social de falta de espacio de uso social, vivendas a precios asequibles y el trabajo precario que viven muchos jovenes.
A la vez, se demostro que con aquella okupacion se recupero un espacio, tanto de vivienda como para el uso de diferentes colectivos. La sentencia defiende que la okupacion de La Morada no puede considerarse un delito por dos motivos: por una parte que en ningun momento se notifico a las okupantes que la propietaria se oponia a la okupacion. Por otra parte que los propietarios no hacian posesion de la vivienda con ninguna finalidad social, pues quedaba demostrado el estado de abandono. Esta absolucion llega despues de 3 sentencias condenatorias (Sant Gaieta a Terrassa, Can Blanco i el Cine Princesa, y ya son mas de 100 las personas condenadas por usurpacion) y pasa a ser un argumento mas que avala la despenalizacion de la okupacion. No hemos de olvidar que hay muchos procesos abiertos por usurpacion y muchas casas y centros sociales con amenazas de desalojo. 16/1/01
[squat!net]